14 octubre 2009

3 administracion A

¿CUAL ES EL TRATAMIENTO DEL IVA CREDITO FISCAL DE LAS EMPRESAS EXPORTADOR?
Inserten sus comentarios apenas encuentren algo relacionado con la pregunta...

21/10/2009 Ahora queridos alumnos debemos redactar un documento con todo lo encontrado por ustedes, deben contestar la siguiente pregunta...

¿COMO REALIZO LA SOLICTUD DE DEVOLUCIÓN DEL IVA CREDITO FISCAL DE UNA EMPRESA EXPORTADORA?


a modo de sugerencia, cuando busquen en Internet, deben chequear lo siguiente:
1. Que la página sea Chilena.
2. Es necesario chequear la fuente de la información.
3. Abocarse a la pregunta.

Con eso podemos seguir adelante

18 comentarios:

catarina daniela dijo...

CAtarina Gonzalez y Daniela CAceres
Los exportadores tienen derecho a recuperar el IVA recargado o pagado en las adquisiciones o servicios destinados a su actividad de exportación.

catarina daniela dijo...

Los exportadores de servicios, sólo podrán acceder a este beneficio cuando presten servicios a personas sin domicilio ni residencia en Chile, siempre que el servicio sea calificado como exportación a través de una Resolución emitida por el Servicio Nacional de Aduanas.

Anónimo dijo...

La devolución se hace a través de depósito en cuenta bancaria o mediante cheque girado por la Tesorería General de la República a la orden del exportador.

Danielita y Catarina dijo...

Cuando el exportador, además de vender en el exterior también lo hace en el mercado interno, la recuperación del I.V.A. se efectúa a través del crédito fiscal. Es decir, el I.V.A. que recupera por las exportaciones aumenta el crédito fiscal del mismo período tributario en que se origine un débito fiscal, por ventas en el país. La recuperación asciende al porcentaje que represente el valor FOB de las exportaciones con relación al total de las ventas de bienes y servicios realizadas en el mismo período tributario.

Anónimo dijo...

Cédula de Identidad del beneficiario
Solicitud de devolución en duplicado
Declaración Jurada, firmada ante Notario en caso de personas jurídicas.
Conocimiento de Embarque o Formulario N° 29 que corresponda al período por el que se solicita la devolución del IVA.
Original de la "Iniciación de Actividades" si es la primera solicitud.
DUS de las exportaciones realizadas durante el período.

Anónimo dijo...

Efectivamente las exportaciones están exentas en IVA, debido al fomento de la nación hacia las exportaciones

Verónica y Katherinne dijo...

TODOS AQUELLOS QUE SEAN EXPORTADORES, CONTRIBUYENTES QUE REALIZEN TRANSPORTE INTERNACIONAL INCLUIDO EL CRUCE FRONTERAS POR AGUA, LOCACIONES CON O SIN OPCION A COMPRA, SERVICOS DE COURRIER, CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD ASIMILABLA A EXPORTACIONES O QUE SEAN PRESTADORES DE SERVICIOS REALIZADOS EN EL PAIS Y CUYA UTILIZACION EFECTIVA SERA EN EL EXTERIOR, TIENEN DERECHO A RECIBIR EL RECUPERO DE SU CREDITO FISCAL.

Anónimo dijo...

el i.v.a es un impuesto al consumo interno es por eso que no grava las exportaciones y grava las importaciones

sebastian dijo...

http://www.sofofa.cl/opinion/boletines/tributario/trib_boletin275.htm tramites para recuperacion de iva.....seba

Anónimo dijo...

Como todos conocemos, las exportaciones está exentas de IVA por efectuarse la entrega del bien fuera del territorio fiscal de la Comunidad Europea.

Esta situación conlleva, en muchos casos, que las empresas exportadoras tengan una situación de desigualdad, en cuanto a que el saldo de su cuenta de IVA es acreedor frente a la administración. Esta situación puede corregirse al producirse el alta en el Registro Especial de Exportadores, siempre y cuando se cumpla con una serie de requisitos.

Que el exportador, durante el año natural inmediato anterior o durante el año natural en curso, haya realizado operaciones (exportaciones y entregas intracomunitarias) por un importe superior a 120.000 Euros.

catarina dijo...

http://www.sii.cl/contribuyentes/actividades_especiales/exportadores.htm

Anónimo dijo...

Este régimen especial permite a los exportadores obtener la devolución de un saldo acreedor por el IVA al final de cada mes sin tener que esperar al final del año natural.

paula & Gaby dijo...

Toda persona natural o jurídica que realice un proyecto que tiene como fin exportar posee varios beneficios como es:

Mediante Resolución y dentro del plazo que en cada caso fije el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción para acreditar el cumplimiento de la exportación, se podrá autorizar a los exportadores para que se acojan al sistema de recuperación anticipada del IVA, y otros gastos realizados en el proyecto de inversión que se hubiese recargado al adquirir bienes o utilizar servicios destinados a la exportación, o se hubiere pagado al importar bienes para estos efectos.

Anónimo dijo...

Debe entenderse como un requisito que abarque todas las naves del Armador que de acuerdo a la normativa tributaria vigente, tengan derecho a recuperar el crédito fiscal de IVA.En atención a ello solicita un pronunciamiento que confirme que el beneficio de recuperación de IVA crédito fiscal de los Armadores Extranjeros es independiente de la nave que dio origen a dicho crédito......
http://www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/adminis/2009/ventas/ja536.htm

IVONNE PIEROLA dijo...

IVA RECUPERO EXPORTADORES..
UN REGIMEN APLICABLE A EXPORTADORES DE BIENES Y/O SERVICIOS,QUE PERMITE RECUPERAR LOS CREDITOS FISCALES VINCULADOS DIRECTA O INDIRECTAMENTE CON LA EXPORTACION.

juan p burgos dijo...

exportaciones si bien son operaciones exentas, la Ley les otorga el derecho a recuperar los créditos fiscales asociados a dichas operaciones, por lo cual no deben considerarse en el cálculo de la proporcionalidad.

michelle y belen dijo...

Recupero de IVA
El recupero del Impuesto Facturado, en el informe se lo llama solicitud de Reintegro.
Al existir dos clases de exportadores, los que realizan la totalidad de sus ventas en el mercado externo y los que efectúan ventas en el mercado externo conjuntamente con ventas en el mercado local, se presentan dos situaciones:
-Exportadores que realizan la totalidad de sus ventas en el mercado externo, al no existir ventas en el mercado local, no se genera Débito Fiscal, por lo cual todo el crédito fiscal facturado por sus proveedores de insumos y servicios es acumulado como saldo a favor.

Exportadores que efectúan ventas en el mercado externo conjuntamente con ventas en el mercado local, al realizar ventas en el mercado local se genera Débito Fiscal el cual podrá ser cancelado tanto con el crédito fiscal vinculado al mercado interno como el vinculado a las exportaciones.

paula y gaby dijo...

Para poder recuperar el iva se debe presentar una solicitud al ministerio de economía. Se debe enviar una declaración jurada con:
Nombre o razón social, RUT, dirección, giro, plazo y monto FOB de la exportación.
Copia y original del formulario 29 del periodo de devolución.
Original y copia de resolución del sii que autoriza las ventas.
Especificación de las monedasEl Ministerio de Economía deberá resolver la solicitud, aprobándola o rechazándola dentro de un plazo no superior a 5 días hábiles, contado desde el ingreso de todos los antecedentes al Ministerio.